Quién es Laura Beatriz de Marinis, la jueza que declaró inconstitucional la ley penal juvenil

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La jueza Laura Beatriz De Marinis. Fuente: La 100

Laura Beatriz De Marinis es la titular del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas Nro. 3 de la Ciudad de Buenos Aires y este lunes firmó una resolución que declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 del nuevo Régimen Penal Juvenil, con la que sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo. La decisión desató una oleada de reacciones políticas que incluyeron pedidos de juicio político en su contra.

La trayectoria de De Marinis dentro del sistema judicial es larga y, sobre todo, construida desde adentro. Inició su carrera en la Justicia en 2006, antes incluso de haberse recibido de abogada, y desde entonces fue acumulando cargos en distintas dependencias del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa. Su último puesto antes de llegar a la judicatura fue el de Prosecretaria de Cámara Letrada en la Secretaría Letrada de Intervención Penal Juvenil, dependiente de la Defensoría General Adjunta en lo Penal, Contravencional y de Faltas, cargo que ocupó desde 2017. En marzo de 2023, se presentó a un concurso de oposición y antecedentes ante la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e integrantes del Ministerio Público del Consejo de la Magistratura, reunió la calificación necesaria y, el 19 de diciembre de ese año, prestó juramento ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad para asumir en el juzgado que hoy conduce.

De Marinis inició su carrera en la Justicia en 2006, antes de recibirse de abogada, y ocupó cargos en el Ministerio Público Fiscal y en la Defensoría

Once días después de esa jura —el 28 de diciembre de 2023— le tocó intervenir por primera vez en un caso de alto impacto público. Se trató de la causa contra Carlos Manuel Andrés, el joven que en noviembre de 2021 había golpeado brutalmente a Arturo López, un playero de 66 años que trabajaba en un garaje de Monserrat. Las imágenes de la agresión, captadas por las cámaras de seguridad del establecimiento, habían conmocionado a la opinión pública: se veía una discusión entre la familia del entonces menor y el empleado, seguida de una trompada que dejó a López internado por más de un año y con secuelas permanentes. El agresor había estado prófugo durante cinco meses y, tras ser atrapado, recibió una condena de cuatro años y seis meses de prisión.

En ese caso, De Marinis dejó sin efecto la prisión domiciliaria que cumplía el joven desde su condena, bajo el argumento de que llevaba una tobillera electrónica que permitía su geolocalización, y le prohibió salir del país. La familia de López recibió la decisión con indignación y contó públicamente que el hombre había tenido que volver a terapia intensiva a causa de episodios de convulsiones.

La magistrada sobreseyó al adolescente y ordenó que el Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes diseñe un plan de acompañamiento familiar

Más allá de los expedientes, De Marinis también dejó registro de su visión sobre la justicia penal juvenil en una entrevista que brindó en un programa de streaming en abril de este año, apenas semanas después de la promulgación de la Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil, que bajó la edad de imputabilidad en Argentina a los 14 años. Para ese encuentro, eligió entrar al estudio con la canción “No hay héroes”, de Lali, y la citó para enmarcar su trabajo cotidiano. “A veces el malo no siempre paga, y a veces no es justo nada”, dijo, retomando los versos de la artista. “Los jueces tenemos que trabajar con lo que la ley dice, y a veces nos colocan en esos lugares donde el malo no siempre paga. La canción es muy rica, tiene un montón de partes lindas. No sé si la vida es solo de buenos y malos”, amplió en esa ocasión.

En esa misma entrevista, la magistrada recordó su paso por la Facultad de Derecho y reflexionó sobre la perspectiva que esa formación le dejó: “Estar en la Facultad de Derecho, en las aulas que dan al contrafrente de la universidad y ver para quién estás estudiando, para quién estás formándote”, evocó. “¿Para mirar Figueroa Alcorta hacia el oeste o para mirar al este ahí atrás de la Facultad de Derecho, el pueblo que muchas veces sufre y que muy pocas veces en la Justicia se ve escuchado?”, se preguntó entonces.

Esa mirada permea el fallo que firmó este lunes. En su resolución, De Marinis consideró que la baja de la edad de punibilidad establecida en la nueva normativa resulta regresiva y vulnera tratados internacionales con jerarquía constitucional, entre ellos la Convención de los Derechos del Niño. Evaluó el principio de progresividad y la prohibición de regresividad en materia de derechos humanos, y coincidió con la defensa en que someter a proceso penal a personas menores de 16 años constituye un retroceso respecto al estándar previo fijado por la derogada Ley 22.278. En su razonamiento, subrayó que el Estado tiene la obligación de ampliar las garantías de las infancias y que la Constitución Nacional prohíbe la adopción de políticas públicas regresivas sin una justificación adecuada.

La jueza también incorporó las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, que en 2018 y en 2024 instó expresamente a la República Argentina a mantener la edad mínima de responsabilidad penal en 16 años. A eso sumó conclusiones de la neurociencia, que indican que el desarrollo de la corteza cerebral durante la adolescencia limita la capacidad de comprender plenamente las consecuencias de los propios actos y los alcances de los procedimientos judiciales.

El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, anunció un pedido de juicio político contra la jueza tras conocerse el fallo

Con ese marco, evaluó la situación concreta del adolescente imputado —identificado bajo las iniciales M.I.A.— y determinó que su conducta consistió en una tentativa “burda y torpe” que no consumó el desapoderamiento de bienes ni causó lesiones físicas en la víctima. En su resolución plasmó: “Como adultos, no podemos castigar a los niños, niñas y adolescentes por lo que no hicimos, por haberlos dejado en desamparo en su primera infancia, por no brindarles una figura normativa que les permita constituirse como sujetos responsables”. Y agregó: “No pretendo con estas líneas romantizar la infracción penal juvenil, sólo intento señalar que la incorporación al sistema penal tiene que ser el último recurso y, en algunas trayectorias vitales, lamentablemente es el primero”.

Esta decisión no suspende la ley en términos generales —a diferencia de lo ocurrido con el amparo dictado en la provincia de Buenos Aires por la jueza de Lomas de Zamora, Marta Pascual— sino que aplica únicamente al caso en cuestión. Aun así, las reacciones fueron inmediatas. El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, anunció en sus redes sociales que pedirá el juicio político a la magistrada: “Estos jueces garantistas defensores de delincuentes tienen que quedar en evidencia. Esta sentencia está manchada de sangre. Vamos a pedir inmediatamente juicio político”, escribió, y añadió: “La gente de bien no puede seguir siendo rehén de decisiones que garantizan el delito”.

Por su parte, la jefa del bloque de senadores de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, sostuvo: “Hay jueces que están más preocupados por proteger a los delincuentes que por hacer justicia a las víctimas. Es muy difícil construir un país normal así. Estos jueces garantistas solo construyen impunidad”.

Desde la justicia porteña, en tanto, fuentes consultadas por Infobae advirtieron una “casi segura revocación” del fallo, a partir de la línea jurisprudencial que mantiene la Cámara del fuero.

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