Propofest: falta de “trazabilidad”, laboratorios sancionados y los responsables del desvío al circuito ilegal, según las normas

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Medicamentos en ampollas, incluyendo propofol y fentanilo, fueron hallados en el departamento del enfermero fallecido. Tres ampollas de fentanilo eran de HLB Pharma el laboratorio ligado a 111 muertes

Sesenta y dos días antes de que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitiera la alerta sobre el uso del fentanilo contaminado del laboratorio HLB Pharma —propiedad del empresario Ariel García Furfaro, preso por la presunta muerte de 111 personas a los que se le suministraron ese medicamento—; el organismo publicó un comunicado urgente a través del cual se prohibía “el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto ‘Propofol HLB’ -elaborado por la misma firma- por haber sido fabricado sin autorización y “sin la correspondiente etiqueta de trazabilidad”. Ahora, este potente sedante está presuntamente ligado a la muerte por supuestas sobredosis de dos trabajadores de la salud: el anestesista Alejandro Zalazar y el enfermero Eduardo Alejandro Bentancourt.

En el departamento de Bentacourt, la Policía secuestró 50 ampollas de, entre otros fármacos, propofol y fentanilo, drogas de uso exclusivo hospitalario que no se comercializan en farmacias. Entre ellas había tres ampollas cerradas de “Fentanilo HLB”, pero que no pertenecían a los lotes contaminados que investiga el juez federal de La Plata Ernesto Kreplak y que tiene a 14 procesados, a cuatro de ellos se le dicto prisión preventiva y a dos prisiones domiciliarias.

Hasta el momento, la Justicia determinó que los fármacos fueron robados del Hospital Italiano, de la Ciudad de Buenos Aires, y del Hospital Rivadavia.

La ANMAT advierte que HLB Pharma elaboró propofol sin autorización y falta de trazabilidad

Estas drogas de uso medicinal eran utilizadas en las denominadas ‘Propofest’ o ‘fiesta del propofol’, en las que un grupo reducido de profesionales de la salud consumía estos anestésicos con fines recreativos o “viajes controlados”, que eran supervisados por un médico.

Estas muertes y el desvío de estas sustancias de alto impacto clínico se podría haber evitado si las instituciones aplicaban a rajatabla las disposiciones nacionales de “trazabilidad” que pesa sobre los fármacos críticos dentro del sistema de salud.

La práctica de sustracción y consumo de estas drogas fuera de las instituciones no es nueva y se extiende desde hace años, por eso, el silencio en el sistema de salud.

Después de la muerte del anestesista, se viralizaron audios sobre encuentros organizados entre médicos que consumían propofol y fentanilo robados de los hospitales y clínicas privadas donde trabajan.

El 3 de septiembre de 2025, en pleno escándalo por las muertes de pacientes que fueron tratados con el fentanilo contaminado por dos bacterias multirresistentes elaborado por los laboratorios de Ariel García Furfaro, el Ministerio de Salud, a través de la ANMAT, emitió la Disposición 6223/2025 que refuerza la trazabilidad de los medicamentos “para garantizar su calidad y seguridad”.

La ANMAT ya había advertido que los laboratorios de García Furfaro producían propofol sin trazabilidad

El objetivo de esta medida es fortalecer la seguridad sanitaria y la transparencia en la cadena de suministro de fármacos, garantizando a la población su seguridad, calidad y autenticidad.

Para ello, la normativa amplía el listado de sustancias trazables y establece criterios claros para la inclusión o exclusión de ingredientes farmacéuticos activos en el Sistema Nacional de Trazabilidad. En este sentido, los medicamentos de alta vigilancia, costo, riesgo de uso indebido o de relevancia para la atención de enfermedades crónicas y de alta complejidad (refiere la normativa) “deberán incluirse en el sistema de vigilancia para su seguimiento exhaustivo en toda la cadena de distribución”.

De esta manera, la resolución aclara: “Hasta ahora, la trazabilidad de los estupefacientes y psicotrópicos como el fentanilo, morfina, oxicodona, metadona, flunitrazepam, cannabidiol, ketamina y propofol se realizaba sólo a nivel jurisdiccional mediante un sistema de vales en papel que debía ponerse a disposición del Gobierno Nacional ante requerimiento expreso de la ANMAT”. Por esa razón, mediante la delimitación de lineamientos más claros para el registro y conservación de la información, con auditorías obligatorias y sanciones en caso de incumplimiento, “la nueva disposición permitirá llevar adelante un seguimiento y control uniforme a nivel nacional”.

Pero ¿hasta qué punto el desvío de Propofol para los “viajes asistidos” desde hospitales y efectores privados es responsabilidad del Estado, o de los nosocomios que lo compran para utilizarlos en los pacientes?

La ANMAT debe controlar a los laboratorios que elaboran los medicamentos (Gustavo Gavotti)

A diferencia de lo que ocurría tradicionalmente con drogas como la cocaína, los circuitos de abuso están cada vez más vinculados a medicamentos hospitalarios y no hospitalarios de alta potencia, diseñados solo para uso médico y con riesgos significativamente mayores. Las muertes de Zalazar y Betancourt, presuntamente vinculadas al circuito ilegal, deja expuesto una falla que no es nueva pero que tomó estado público ante la tragedia.

Infobae analizó las normativas que regulan la “trazabilidad” de estas sustancias y las responsabilidades que recaen sobre los estamentos estatales y privados.

En Argentina la trazabilidad de medicamentos tiene distintas etapas, y en cada una hay un responsable distinto.

La ANMAT, organismo que depende de la cartera de Salud, regula, habilita y fiscaliza la producción, importación y distribución hasta que el producto llega al establecimiento de salud, esto es: hospitales, clínicas, sanatorios o farmacias.

A partir de ese momento, la responsabilidad pasa al establecimiento: custodia del stock, condiciones de almacenamiento, control de acceso a medicamentos sensibles, registros internos de movimientos y cumplimiento de protocolos de seguridad.

En paralelo, los profesionales que los utilizan (por ejemplo, anestesiólogos en el caso de propofol o fentanilo) son responsables de la indicación, administración y uso adecuado de esas drogas, conforme a guías clínicas, normas éticas y controles institucionales.

En concreto, el Ministerio de Salud de la Nación tiene una responsabilidad normativa y rectora, no operativa directa.

  • Define la política sanitaria nacional.
  • Dicta normas marco.
  • Establece la obligatoriedad del sistema de trazabilidad.
  • Supervisa el funcionamiento general del sistema.

En términos jurídicos, la cartera a cargo de Mario Lugones no controla cada ampolla, sino que crea el sistema y exige su cumplimiento.

Y en este punto surgen las responsabilidades de los actores de la cadena.

Cada actor es responsable de su tramo:

  1. Los laboratorios deben registrar la “serializar cada unidad”. Informar a la ANMAT la producción y la liberación al mercado del producto.
  2. Las droguerías deben registrar la recepción y la distribución del medicamento.
  3. Los hospitales / clínicas están obligados a “registrar ingreso, almacenamiento y uso” del fármaco y asociar el medicamento al paciente.

Legalmente cada uno responde por la veracidad y carga en tiempo real de los datos.

La legislación actual desvincula a las autoridades de “la forma directa cada registro individual” y de los “errores de carga o desvíos internos”. En estos casos, como los que se investigan la responsabilidad de las sustracciones es de los hospitales y clínicas.

En el caso concreto del Propofol robado, los responsables son los efectores que compraron las ampollas y no registrar de manera correcta su uso.

Las muertes del médico y el enfermero y el desvió al circuito ilegal de estos anestésicos controlados expone las debilidades del sistema de control de medicamentos y los riesgos que esto implica para la sociedad.

Un tema aparte -o no tanto- que por estos días no se debate: la confirmación de que cientos de pacientes están expuestos a profesionales adictos, que deberían ser tratados por su enfermedad y no participar en una intervención quirúrgica o en una práctica médica.

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