Ficha limpia: cómo funciona el mecanismo en otros países y qué resultados logró

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El proyecto de ficha limpia que recibió media sanción ayer en la Cámara de Diputados y que ahora pasó al Senado, propone esencialmente impedir que condenados en dos instancias por delitos de corrupción puedan ser candidatos para cargos electivos nacionales u ocupar cargos de la administración pública nacional. Esta figura ya existe en otros países del mundo, aunque funciona de distintos modos. En países como Brasil y Alemania las condenas penales imposibilitan la postulación a cargos públicos, mientras que en Francia un Tribunal puede imponer la limitación de los derechos políticos como una pena adicional.

“El proyecto surge en la Argentina de una reacción ciudadana. Se basa en el criterio de ineligibilidad para ocupar cargos públicos. El artículo 16 y 36 de la Constitución Nacional lo avalan. La iniciativa por parte de organizaciones civiles comenzó hace aproximadamente siete años y recaudó más de 400.000 firmas. Eso hizo que varios diputados presentaran proyectos sobre el tema. Además, es federal, rige en un tercio de las provincias: Jujuy, Salta, Mendoza, Córdoba, Chubut, Santa Fe, San Juan y Rio Negro”, dijo a LA NACION Marcelo Bermolén, director del Observatorio de Calidad Institucional de la Universidad Austral,.

Sobre otros países que contemplan limitaciones para el acceso a cargos públicos para aquellos penados por delitos penales, Bermolén expresó “Con diferencias en la naturaleza del delito, grado de sentencia y duración de la inhabilitación, el Reporte de Exclusión de los Infractores del Parlamento (2018) producido por la Comisión de Venecia, da cuenta de los principales países que contemplan sistema de inelegibilidad en sus sistemas políticos: Reino Unido, Francia, Italia, España, Bélgica, Países Bajos, Chile, Canadá, Israel, Perú, Brasil, Austria, Alemania, Polonia y Australia, entre otros. Colombia (2021) y Paraguay (2022) también han incorporado medidas similares.”

Brazilian President Luiz Inacio Lula da Silva speaks during a press conference at Planalto Palace in Brasilia on January 30, 2025. (Photo by EVARISTO SA / AFP)

En la región Brasil fue el país pionero en esta iniciativa, que consiguió la aprobación del proyecto Ficha Limpia en 2009, y así imposibilitó la candidatura de Luis Ignacio Lula Da Silva en ese momento. “En Brasil varios candidatos desistieron de sus candidaturas debido a la aplicación de la ley, mientras que otras candidaturas fueron impugnadas (en una de las elecciones fueron más de mil). A la vez, la ley enfrentó desafíos legales y debates sobre su constitucionalidad. Una de las principales críticas es que puede vulnerar el principio de presunción de inocencia. Debió intervenir el Tribunal Supremo Federal. Allí el solo hecho de estar condenado imposibilita para ser candidato, aún cuando hay instancias de apelación disponibles”, sostuvo el politólogo Juan Negri.

A su vez, varios países americanos incluyen en sus previsiones constitucionales normas que tienden a reglamentar el derecho de sufragio pasivo aún antes de que haya sentencia definitiva en juicio penal, según un trabajo de investigación de la diputada nacional Silvia Lospenatto y su equipo.

Por su parte, Chile tiene una norma específica sobre derechos políticos en su propia Constitución Nacional. En efecto, el art. 16 dispone: “El derecho de sufragio se suspende: (…) 2º Por hallarse la persona procesada por delito que merezca pena aflictiva o por delito que la ley califique como conducta terrorista”.

En el caso de Uruguay, la ciudadanía se suspende “por la condición de legalmente procesado en causa criminal de que pueda resultar pena de penitenciaria” (art. 80.2 constitución uruguaya).

Los casos de El Salvador y Honduras son similares, en tanto ambos países prevén en su Constitución la suspensión de los derechos de ciudadanía y de la calidad de ciudadano, respectivamente, en el caso de dictarse contra la persona “auto de prisión” (art. 74.1 y art. 41.1).

En cuanto a México, el art. 38.II de la Constitución establece que “los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden (…) por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión.

Media sanción de Ficha Limpia

El caso de España resulta ilustrativo de la evolución en la normativa que ha terminado por incluir a los condenados por delitos de corrupción – aun sin sentencia firme – en la nómina de inhabilitados para presentarse como candidatos a elecciones, según el trabajo de Lospenatto. Así, en el año 2011 se sancionó la Ley Orgánica 3/2011 de reforma de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, la cual estableció la redacción actual del art. 6.2.: “b) Los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal”

“En Francia no se pierde automáticamente el derecho a postularse tras una condena penal, sino que un tribunal puede imponer la privación de derechos políticos como pena adicional. En cambio, en Alemania las personas condenadas con al menos un año de prisión pierden automáticamente el derecho a ocupar cargos públicos y a postularse por cinco años. La inhabilitación comienza una vez cumplida la pena”, agregó Negri.

“Lo importante es ver que en general los países son muchísimos más exigentes y con el simple procesamiento o condena de primera instancia ya se excluye a los candidatos”, sostuvo Lospenatto a LA NACION.

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