Esteban Andrada recibió una histórica sanción tras la trompada que le pegó a un rival en España

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Andrada recibió una dura sanción tras golpear a su rival en la cara

El arquero argentino de Real Zaragoza, Esteban Andrada, recibió una sanción de 13 partidos tras agredir a Jorge Pulido, capitán del Huesca, en el encuentro disputado en el estadio El Alcoraz. La decisión del Comité de Disciplina de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) se fundamenta en la gravedad de la agresión cometida en los minutos finales del encuentro correspondiente a la trigésima séptima jornada de LaLiga Hypermotion.

El Comité determinó que Andrada deberá cumplir una suspensión de 12 partidos por agresión y uno adicional por doble amonestación y expulsión. El acta arbitral especificó que, tras recibir la segunda tarjeta amarilla por empujar a un rival con el juego detenido, el arquero reaccionó de forma violenta, corrió hacia Jorge Pulido y le propinó un puñetazo en la cara, generándole un hematoma en el pómulo izquierdo.

La resolución resaltó: “La naturaleza del golpe —directo, en la cara, con fuerza excesiva— sitúa la conducta en el extremo más grave del espectro de agresiones subsumibles en el tipo”, según figura en el acuerdo oficial.

El suceso no solo significó la expulsión inmediata del guardameta, sino que también provocó una confrontación generalizada entre jugadores de ambos equipos, requiriendo la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para trasladar a Andrada al vestuario.






*Así fue la agresión de Andrada

El Comité de Disciplina enfatizó que la agresión, ocurrida en un contexto de máxima rivalidad y tensión por la lucha por la permanencia, “trasciende la agresión individual y pone en riesgo la integridad de terceros y el orden del encuentro”.

El árbitro Dámaso Arcediano anotó en el acta que el portero del Zaragoza, tras la primera infracción, “empujó de forma temeraria a un adversario, encontrándose el juego detenido”. La reacción posterior desencadenó la sanción ejemplar, considerada por la RFEF como la máxima aplicable en este tipo de casos.

El Comité también valoró como agravante la premeditación mínima necesaria para desplazarse de forma voluntaria hacia el jugador rival y ejecutar el golpe, así como la persistencia en la actitud confrontativa tras la expulsión. Además, destacó que el hecho ocurrió en el marco de una competición profesional, lo que “otorga un plus de responsabilidad de los participantes”.

Esteban Andrada le da un puñetazo al capitán del Huesca Jorge Pulido tras ser expulsado (Efe)

En respuesta a los hechos, Esteban Andrada emitió disculpas públicas el mismo domingo, dirigidas tanto al Real Zaragoza y su afición como al propio Jorge Pulido. “Estoy muy arrepentido”, expresó el portero. Días después, el guardameta contactó de manera privada al capitán del Huesca mediante un mensaje telefónico para reiterar sus disculpas y buscar la reconciliación tras un incidente que generó repercusión internacional.

El técnico del Real Zaragoza, David Navarro, se refirió al estado emocional del arquero en conferencia de prensa: “Ahora mismo, lo que me preocupa es la persona; todos los días hablamos, él está dolido por lo que sucedió. Creo que es un ser humano, aunque lo podamos olvidar, ha cometido un error, lo va a pagar y ya está”, declaró el entrenador. Navarro subrayó que el vestuario mantuvo la compostura ante la situación, destacando la reacción colectiva del equipo.

La sanción a Andrada no fue la única derivada del altercado. El Comité de Disciplina impuso cuatro encuentros de suspensión a Dani Jiménez, portero del Huesca, por su participación en la tangana posterior, y dos partidos a Tasende, jugador del Zaragoza.

El Comité justificó la severidad de la medida por la “intensidad real de la acción” y el impacto negativo sobre la imagen de la Segunda División, una categoría de alto interés social nacional. El acuerdo concluye que corresponde la sanción máxima de doce partidos por agresión, más uno por la doble amonestación, acompañados de las multas accesorias previstas en el Código Disciplinario de la RFEF.

La sanción apartará a Esteban Andrada de la competición hasta bien avanzada la próxima temporada y que pone en cuestionamiento su futuro en el club luego de su llegada tras participar en Monterrey, del fútbol mexicano.

El comunicado sobre la sanción a Esteban Andrada:

A juicio de este Comité son circunstancias concurrentes agravantes de la conducta: en primer lugar, debe referirse que la conducta agresora se produce estando el juego detenido y como reacción a la expulsión del jugador ulteriormente agresor, por doble amonestación. En lugar de retirarse al vestuario, conforme mandata el artículo 120.3 el jugador adopta una actitud agresiva y se dirige corriendo -de forma voluntaria- al capitán del equipo rival. Una vez le alcanza, (i). salta hacia él y (ii). Le propina un puñetazo.

La premeditación mínima que exige desplazarse hasta la posición del agredido, unida a la ejecución de la acción con uso de fuerza excesiva según recoge el acta, acredita un dolo específico que este Comité valora como circunstancia agravante de primer orden. La naturaleza del golpe -directo, en la cara, con fuerza excesiva- sitúa la conducta en el extremo más grave del espectro de agresiones subsumibles en el tipo.

A ello se añade el resultado dañoso constatable: hematoma en el pómulo izquierdo, que acredita la intensidad real de la acción. La consecuencia de este hecho es la generación de una tangana entre los restantes jugadores. Es decir, la agresión genera una confrontación entre equipos que no es propia de los valores del deporte, puesto que es circunstancia que trasciende la agresión individual y pone en riesgo la integridad de terceros y el orden del encuentro. Además, ha de valorarse que el jugador agresor no depone su actitud y continua su ánimo confrontativo. Esto provocó que fuera necesaria la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para proceder a trasladarle al vestuario.

Finalmente, no es menos importante señalar que el presente sucede en el marco de una competición profesional, concretamente en la Segunda División, siendo esta una categoría del máximo interés social nacional, por lo que la imagen proyectada en la misma trasciende el mero evento deportivo, lo que otorga un plus de responsabilidad de los participantes en la misma. El conjunto de las circunstancias expuestas justifica plenamente, a juicio de este Comité, la imposición de la sanción en su grado máximo de doce partidos de suspensión, y todo ello en consonancia con la resolución del TAD citada al inicio de esta resolución.

En virtud de cuanto antecede, este Comité acuerda sancionar a Andrada, Esteban Maximiliano con un (1) partido de sanción por doble amonestación con ocasión de un partido y doce (12) partidos de sanción por la comisión de una infracción de agresión, prevista en el artículo 103.1 del Código Disciplinario de la RFEF. Todo ello con las correspondientes multas accesorias previstas en el artículo 52 del Código Disciplinario de la RFEF.

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